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19 de marzo de 2003 | |
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| Tribuna de opinión | ||
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ALEXIS MÁRQUEZ RODRÍGUEZ | |
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Del
verbo “pronunciar” derivan dos sustantivos definibles como “acción y efecto”
de dicho verbo. Pero el Diccionario de la Real Academia Española (DRAE) da esa
definición sólo para pronunciación, mientras que a
pronunciamiento lo define de la siguiente manera: “Alzamiento
militar contra el Gobierno, promovido por un jefe del Ejército o caudillo. ||
2. Cada una de las declaraciones, condenas o mandatos del juzgador”. Entonces
se habló de pronunciamiento, y ese alzamiento fascista tenía
justo las características de la definición del DRAE. Pero desde entonces mucha
agua ha pasado bajo los puentes de la política, y el vocablo
pronunciamiento, en la acepción a que aquí me refiero, se ha
enriquecido semánticamente. La Real Academia, en su próxima edición del
diccionario debería revisar esta definición y ponerla al día. | ||
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Alexis Márquez Rodríguez es subdirector de la Academia Venezolana de la Lengua. | ||
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